Bienes gananciales
Bienes adquiridos por los cónyuges durante el matrimonio, excepto los recibidos a titulo gratuito. Dichos bienes pertenecen a ambos cónyuges por igual, con independencia de quien de los dos los haya obtenido y para disponer de ellos basta con que el negocio jurídico lo acuerde uno de los dos cónyuges, pero siempre tiene que haber aceptación del mismo por el otro conyuge.
IORE ABOGADOS
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